El día 9 de febrero de 1822 el Presidente Jean Pierre Boyer Bazelais entraba triunfante a la ciudad de Santo Domingo, mientras que al mismo tiempo, en la Sala Municipal, el Presidente de la Junta de Gobierno Provisional Magistrado José Núñez de Cáceres pronunciaba un nostálgico discurso de despedida, generando desolación en los habitantes de la parte este. Es de esta manera como culmina el movimiento promovido el 30 de noviembre del año anterior y que las elegantes páginas de la historia dominicana recoge bajo el titulo de independencia efímera, aboliéndose así el primer texto independentista producido en nuestro país.
Es de esta manera como dos sociedades distintas se unía en una sola República. Estas diferencias trascendían no sólo al idioma sino también la cultura, dialectos, folklore, religión entre otros, elementos que deben coincidir o asimilarse para lograr una fusión entre Estados. Esto fue resaltado por los independentistas, cuando señalaban que la ocupación haitiana no sólo traía mayores impuestos y un sistema monetario sin garantías, sino también un texto constitucional que representaba un retroceso en cuanto a los derechos naturales se refiere, y a su vez, nos alejaban de nuestro idioma natal, arrimando también nuestra “augusta religión, para que desaparezca entre nosotros”[1]. En fin, este sentimiento se iba acrecentando a medida que el gobierno haitiano tomaba medidas impositivas y arbitrarias contra los habitantes del antiguo Haití Español, como les llamaron los antiguos independentistas.
El año de 1843 fue crucial para los habitantes de la parte este de la isla de Santo Domingo, ya que en una labor conjunta con los antiboyeristas haitianos, lograron la salida del poder y la expulsión del país del Presidente Boyer, quien ocupó la primera magistratura del primer Estado Independiente de América Latina desde 1818. Este golpe de Estado, apoyado por los habitantes de la parte este, instauró una Junta de Gobierno Provisional para facilitar la transición democrática. Mientras esto ocurría, en la parte este de la isla se estaban gestionando dos proyectos separatistas que tenían como objetivo la escisión de esta parte de la isla.
Uno de estos, estuvo encabezado por el terrateniente y diputado Buenaventura Báez, y el comerciante azuano Manuel Joaquín Delmonte, quienes se encontraban tramitando una negociación secreta con el cónsul general de Francia en Haití Monsieur Levasseur con el objetivo de lograr el protectorado de Francia y la concesión de una seria de privilegios a favor de éstos.
El otro proyecto propugnaba por la separación pura y simple de la parte este de la isla, de modo que se creara un Estado libre e independiente. Al frente de este grupo se encontraban los Trinitarios, pertenecientes a la clase liberal, y algunos representantes de la clase conservadora, encabezada por el siempre oportuno Tomás Bobadilla. No podemos soslayar el papel jugado por el ilustre trinitario Juan Nepomuceno Tejera, quien se encargo de redactar y difundir algunos escritos pro independentistas, de los que destacamos “El Grillo Dominicano”, que buscaba concientizar a la población sobre la necesidad de rescatar los derechos fundamentales de los habitantes de la parte este de la isla, que por veintidós años habían soportado el yugo opresor del gobierno haitiano. Otros escritos como el “Alacrán sin Ponzoña” servían para afianzar los ideales de la separación promovidos por el grupo de los separatistas.
El proyecto promovido por Buenaventura Báez fijó para el día 25 de abril de 1844 la emancipación de la parte este[2], dato conocido por los Trinitarios y que los obligó a adelantar para el día 20 de febrero el grito de independencia[3]. Es bajo esa conjetura, que los afrancesados ponen a circular el día 1 de enero de 1844 el manifiesto de Azua.
Ante esta situación, los trinitarios, apoyados por la clase conservadora, deciden suscribir en la noche del 16 de enero de 1844 una especie de acta de independencia titulada, “Manifestación de los pueblos de la parte del Este de la Isla antes Española o de Santo Domingo, sobre las causas de su separación de la República Haitiana”, inspirada en la Declaración de independencia de los Estados Unidos. Aún hoy se debate la autoría de dicho texto, pues algunos sostienen que es obra del ingenio conservador de Tomas Bobadilla, sin embargo, otros sostienen que éste sólo fungió como secretario del jurista Francisco del Rosario Sánchez.
Sobre el tema, señala el historiador Rodríguez Demorizi, que el estilo de redacción, la experiencia y el espíritu del texto conduce a pensar que el verdadero autor del manifiesto lo fue Tomás Bobadilla, quien en se complacía en mencionar que ese texto era hija de su espíritu[4]. Incluso, es el mismo Bobadilla quien en un atrevido discurso pronunciado el día 10 de junio de 1847 en una sesión en el Tribunado, sostuvo lo siguiente: “Creo, señores, que ninguno puede ser mejor dominicano que yo. Yo fui el primero que dijo: Dios, Patria y Libertad; yo fui el autor del Manifiesto del 16 de enero; yo en la noche del 27 de febrero me encontraba a la cabeza del pueblo; yo fui Presidente de la Junta Central Gubernativa…”[5].
El acta de independencia fue leída en la noche del 16 de enero, y firmada de manera inmediata por más de un centenar de notables ciudadanos de la época, dentro de los que se destacan: Tomas Bobadilla, Matías Ramón Mella, Francisco Sánchez, Jacinto Concha, Tomás Concha, Juan Nepomuceno Ravelo, Joaquín Lluveres, Hipólito Billin, E. Billin, José Billin, Felipe Alfau, Manuel Galván, Silvano Pujols, Joaquín Puello, Ángel Perdomo, Ramón Echavarría, entre otros.
De este documento se produjeron varias copias con el fin de que circulara por el territorio y que el pueblo tuviera conocimiento de lo que se estaba tramando. La labor de circulación del manifiesto estuvo a cargo de los señores Juan Contreras y Gabino Puello. El primero debía entregársela al hatero Pedro Santana, y el segundo, a las localidades de Azua, San Juan de la Maguana y Las Matas de Farfán, aunque en Azua se vieron sorprendidos por una de las “astucias” del inigualable Buenaventura Báez, quien convenció al general Mariano Mendoza para que patrullara y detuviera a Puello, por lo que en una acción rápida, se comisionó a Valentín Alcántara para que hiciera llegar el documento a Azua.
Es importante precisar que hasta el cónsul de Francia en Santo Domingo, Monsieur Juchereau de Saint Denys obtuvo una copia del referido Manifiesto, remitiéndolo de inmediato a sus autoridades inmediatas, en Francia.
El manifiesto del 16 de enero de 1844, contrario al del 1 de enero, era una verdadera acta de independencia, pues se encargaba de recoger todos los elementos necesarios para la conformación de un Estado naciente, haciendo viable la gobernabilidad hasta que se formalizara el documento constitutivo oficial, que fue la Constitución del 6 de noviembre de 1844. En la parte del manifiesto, los redactores reflejaron el sentir de los habitantes de la parte este a través de una serie de quejas, indicando que desde el inicio de la ocupación ¨ningún dominicano le recibió entonces, sin dar muestras del deseo de simpatizar con sus nuevos conciudadanos¨.
Los acusaban además, de entrar a la antigua colonia española con ¨el de tropel, los desordenes y los vicios! La perfidia, la división, la calumnia, la violencia, la delación, la usurpación, el odio y las personalidades hasta entonces poco comunes en estos inocentes pueblos¨. Agregaban además, que ¨por medio de su sistema desorganizador y maquiavélico, obligó a que emigrasen, las principales y más ricas familias, y con ellas, el talento, las riquezas, el comercio y la agricultura¨. Reprochaban las injusticias cometidas a través de la Ley del 8 de julio de 1824, que prohibió la comunidad de los terrenos comuneros, acusándoles de arruinar la crianza de animales y empobrecer ¨a una multitud de padres de familia¨.
En el texto, los suscribientes argumentaban que en la parte este se vivía en un estadio de desigualdad respecto de los habitantes de la parte oeste. En cuanto a los derechos fundamentales, se quejaban del irrespeto y del retroceso democrático que sufrió la parte este en los 22 años de ocupación haitiana, en los no se habían podido sacar ¨ninguna ventaja¨
El manifiesto del 16 de enero señalaba que el Estado naciente ¨protegerá y garantizará el sistema democrático: la libertad de los ciudadanos aboliendo para siempre la esclavitud; la igualdad de los derechos civiles y políticos sin atender a las distinciones de origen ni de nacimiento, las propiedades serán inviolables y sagradas; la religión Católica, Apostólica y Romana será protegida en todo su esplendor como la del Estado, pero ninguno será perseguido ni castigado por sus opiniones religiosos; la libertad de la imprenta será protegida; la responsabilidad de los funcionarios públicos será asegurada; no habrá confiscaciones de bienes por crímenes ni delitos; la instrucción pública será promovida y protegida a expensas del Estado…La agricultura, el comercio, las ciencias y las artes serán igualmente protegidas¨, etc.
El texto además, como la primera manifestación que sentaba las bases para el constitucionalismo dominicano consagro una división del territorio de la parte este, divididos en cuatro provincias, que eran: Santo Domingo, Santiago o Cibao, Azua y Seybo. El Gobierno Provisional se compondría de una junta compuesta de once miembros electos en el mismo orden, la que ejercería todos los poderes del Estado hasta que se elaborase la Constitución. Es bajo esta normativa que los patriotas del 27 de febrero declaran la independencia de la República Dominicana, y se maneja el nuevo gobierno hasta la promulgación de la Constitución.
Es importante señalar una idea desarrollada por los redactores del manifiesto, y que buscaba incitar al pueblo sobre la importancia de la separación, y es que desarrollaron la tesis de que ¨si la parte este, pertenece a una dominación, otra que la de sus propios hijos, sería a la Francia, o a la España, y no a la de Haití¨, pues más derechos tenían ¨los de oriente a dominar a los de occidente, que al contrario, si remontamos a los primeros años del descubrimiento del inmortal Colón¨. Más adelante señalaban, que ¨un pueblo que está obligado a obedecer a la fuerza y obedece, hace bien, y que luego que puede resistir y resiste, hace mejor¨.
Es de esta manera como se confecciona el primer texto que serviría para dirigir y gobernar la naciente República Dominicana, pieza clave para el funcionamiento institucional y que rigió desde la noche del 27 de febrero de 1844, hasta la proclamación de nuestra primera Constitución.
[1] Citas textuales extraídas del manifiesto del 16 de enero de 1844
[2] Frank Moya Pons, Manual de Historia Dominicana, 5 edición, UCMM, Santo Domingo, Rep. Dom. Pág. 277
[3] En esta fecha no se pudo concretizar el movimiento alzado debido a que no pudo hacerse el contacto en el tiempo estimado con los hateros del Seybo
[4] Emilio Rodríguez Demorizi, El acta de separación dominicana y el acta de independencia de los Estados Unidos de América, UCMM, 1943, Pág. 10
[5] Discurso de Tomas de Bobadilla, citado por Emilio Rodríguez Demorizi, ibídem, Pág. 11.






